"Mitología de la sexualidad especial"

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14 junio 2018

ÁNGEL SI NO NACE; DEMONIO SI SE EROTIZA.

Muchas de las instituciones destinadas a personas con diversidad funcional de la Argentina, que niegan el derecho de sus alumnxs y/o concurrentes; a recibir Educación Sexual Integral, se manifiestan hoy contra la legalización del aborto, argumentando de manera sesgada, tendenciosa y lineal que ésta implica la eugenesia de personas con diversidad funcional.

Curiosamente, recurren siempre a la imagen de personas con Síndrome de Down, lxs doblemente discriminadxs al momento de ser reconocidxs como sexuadxs.

¿La condición de persona, de vida (digna) puede ser considerada por fuera del hecho sexual humano?.
Propicio -como ya lo he dicho- que el debate por el aborto pueda considerar las diferentes y específicas discriminaciones que sufren las personas con diversidad funcional; sí!:Pero nunca sobre la base de la utilización de este colectivol
¡Que cese el capacitismo en todas sus nuevas formas; paremos el negociado moralista que se realiza impunemente sobre quienes se sigue dis-considerando como ciudadanxs de derechos sexuales y reproductivos!

05 enero 2018

Película: 24 Wochen.

24 Wochen (24 Weeks) 
Alemania; 2016

SINOPSIS
El filme de Anne Zohra Berrached se centra en el dilema de una mujer que al sexto mes de embarazo descubre que su hijo tendrá síndrome de Down y una grave deficiencia cardíaca. 

¿Debiese poder optar a un aborto tardío? ¿Cómo pueden ella y su esposo saber si su hijo no nacido tendrá una vida digna o sólo conocerá el sufrimiento? En última instancia, la madre embarazada se da cuenta de que sólo ella puede tomar la decisión






13 marzo 2016

"Sobre el aborto, la discapacidad y los límites"

Por: Eliana Brum
Publicado: 17 de febrero de 2016


La posible relación entre el virus del Zika y la microcefalia ha obligado a Brasil a hacerle frente a sus tabúes

Una madre brasileña con su hija, que nació con microcefalia.
Una enfermedad nunca es tan solo una enfermedad. Nos habla de desigualdades y de quiebras, y también de pasiones. El virus del Zika, desde que fue asociado con la microcefalia, ha revuelto las profundidades del pantano en el que la sociedad brasileña esconde sus prejuicios y totalitarismos, que muchas veces trae a la superficie cubiertos por una máscara de virtud. De esta materia hirviente está compuesto el debate sobre el permiso para abortar en casos de microcefalia. Ante la crisis de salud revelada por el Aedes brasilis, como ya se le ha llamado, de forma tan oportuna, al mosquito vector, el futuro próximo depende de que seamos capaces de pensar, incluso si esto significa chamuscarse las manos. Pensar y conversar, lo que implica vestir la piel del otro antes de salir repitiendo los viejos clichés utilizados como escudos contra los cambios. Si no somos capaces de superar el comportamiento de los hinchas del fútbol, ni siquiera ante una epidemia considerada una “emergencia global”, el mosquito es el más pequeño de nuestros problemas.

El aborto
En Brasil solo se permite abortar en casos de embarazo resultante de una violación, de riesgo de muerte de la gestante y de anencefalia del feto. En este último caso, la posibilidad fue abierta por el el Supremo Tribunal Federal en 2012, por tratarse de una situación incompatible con la vida. Prevaleció la tesis de que no habría allí una vida a proteger y, por lo tanto, obligar a una mujer a darle continuidad a un embarazo que al final resultaría en un ataúd y no una cuna era una afrenta a su dignidad y un acto de tortura. Aquellas mujeres que encontrasen sentido en llevar hasta el fin un embarazo de un feto anencefálico, obviamente, aún contarían con la garantía de sus derechos.

Este es un punto importante: el respeto al derecho de elección de cada mujer, a partir de sus circunstancias concretas y subjetivas, de la tela de sentidos construida por cada una para moverse por el mundo. Cuando se permite el aborto, en ningún momento esa licencia le quita a cualquier mujer el derecho a no realizarlo. Lo que se produce es una ampliación de los derechos, no su estrechamiento. Quien entiende que realizar un aborto es lo más coherente para su vida lo hace. Quien entiende que no, no lo hace. Debo informar al lector que participé activamente en el debate sobre el aborto de fetos anencefálicos. Como periodista, en la cobertura del tema, y en un documental titulado Una historia severina, en el cual se narra lucha por la autorización judicial emprendida por una mujer del noreste de Brasil, pobre y analfabeta, para interrumpir el embarazo de un feto anencefálico.

Aunque en Brasil el aborto solo se permita legalmente en tres casos, la práctica es completamente diferente. Y entender esto es fundamental para cualquier debate honesto. En el día a día, aborta cualquiera que pueda pagárselo. Si una mujer de clase media o alta se queda embarazada, y por diferentes motivos ese embarazo fue no deseado, va a una clínica privada, paga entre 5.000 y 15.000 reales (entre 1.253 y 3.760 dólares) e interrumpe el embarazo con una seguridad considerable. Sus dilemas son personales, internos, ya que la decisión de abortar suele ser difícil, incluso cuando hay una convicción personal de que es imposible llevar adelante el embarazo. Pero esta mujer no tiene por qué temer ser detenida, y mucho menos morir por un aborto mal hecho. Casi con seguridad no le pasará eso.

Los números de casos atendidos en el SUS por complicaciones posaborto prueban que decenas de miles de mujeres pobres estaban tan desesperadas que prefirieron arriesgarse a ser detenidas e incluso morir, y aun así creyeron que ese riesgo era más bajo que llevar a término el embarazo. Aquí se hace necesario detener el texto durante un párrafo para que, juntos, intentemos ponernos en la piel de esa mujer. Y hay que hacerlo más allá del odio contra las mujeres, arraigado en la sociedad brasileña. Hay que pensar, y no odiar, que es mucho más fácil.A las mujeres pobres, sí. Para ellas, abortar significa correr el riesgo de ser detenidas como delincuentes y significa correr el riesgo de morir. Como una clínica segura, con buenas condiciones sanitarias y profesionales preparados, cuesta entre 6 y 17 sueldos mínimos, ellas solo podrán arriesgarse a prácticas muy inseguras. Cada año más de 200.000 mujeres reciben atención en el sistema público de salud (SUS) debido a complicaciones posaborto, la mayoría de ellas por procedimientos inducidos. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), se realizan más de 1 millón de abortos inseguros al año en Brasil. El aborto es la quinta causa de mortalidad materna en el país.

Quien se arriesga a ser detenida y a morir está arriesgándose a mucho. Está arriesgándolo todo. Por lo tanto, es posible ponernos de acuerdo, al menos, en que los hechos demuestran que el aborto no es un acto trivial para estas mujeres, sino una necesidad profunda, movida por motivos objetivos y subjetivos que solo ellas conocen íntimamente. Así que cuidado antes de señalarlas con un dedo acusador: ninguna de ellas aborta sin una razón muy fuerte. Y eso tiene que escucharlo cualquier sociedad que quiera guiarse por la ética.

Escuchar es precisamente debatir. Aquellos que no quieren debatir el aborto en Brasil tienen que asumir que no les importan ni la detención ni la muerte de mujeres jóvenes y pobres, la mayoría de ellas negras, ya que estos son los hechos. Tienen que asumir también que no les importa que el acceso al aborto reproduzca la desigualdad racial y social de Brasil, al ser accesible y seguro para quienes pueden permitírselo y criminalizado y mortal para quienes no pueden. A quien le importa esto, debate los hechos. Y escucha la posición del otro, aunque sea muy diferente a la suya. Vivir es moverse.

Y aquí, cabe subrayarlo, estamos hablando solo de lo peor. Aun cuando el aborto se consume sin complicaciones, al menos es posible imaginar el nivel de pavor al que una mujer se enfrenta al arriesgarse a hacerlo en condiciones tan terribles y sin ningún amparo. Es una pesadilla, y es una pesadilla que, en este instante, está viviendo una mujer en situación de extrema fragilidad. No me parece que sea posible vivir ignorando a las mujeres que sufren. Pero así es como ha vivido la sociedad brasileña.

El aborto suele surgir en el debate público como una moneda electoral. En busca del voto religioso, los candidatos, desde la derecha hasta la izquierda, han omitido esta cuestión o han chantajeado la vida de las mujeres. Esta es una prueba más de la corrosión de la política tradicional, que se ha mostrado capaz de subastar cualquier principio: primero, en nombre de ganar las elecciones, después, en el nombre de esa indecencia a la que se ha dado el nombre de “gobernabilidad”.

Cuando el virus del Zika provoca un debate sobre el aborto, es esencial que todos nos esforcemos en cualificarlo. Frente a un escenario dramático, el mejor camino es hacer de la crisis una oportunidad de volver el país más justo.

07 noviembre 2014

"Derecho a decidir sobre el propio cuerpo de las personas con discapacidad intelectual. Análisis del artículo 9 del proyecto de Ley de interrupción voluntaria del embarazo".

CLAUDIOFAESPOSITO@GMAIL.COM
Argentina - 6 de noviembre de 2014

En el Congreso de la Nación se encuentra en las Comisiones de legislación penal, acción social y salud pública, familia, mujer y adolescencia el expediente 2249-D-2014, trámite parlamentario 024 (09/04/2014), sobre interrupción voluntaria del embarazo. 

El proyecto de ley establece el derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce semanas del proceso gestacional (artículo 1*)1, a su vez respecto de las mujeres con discapacidad establece en su artículo 9*que “si se trata de una mujer declarada incapaz en juicio se requerirá el consentimiento informado del representante legal. 

Analizaremos en el contexto del sistema de protección universal e interamericana de derechos humanos si el artículo 9 * del proyecto de ley, garantiza el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres con discapacidad intelectual en igualdad de condiciones que los demás. 

Ley 26.529, en su artículo 5* define al consentimiento informado una “la declaración de voluntad” emitida “luego de recibir, por parte del profesional interviniente, información clara, precisa y adecuada 2; así pues el consentimiento informado tiene como finalidad brindar información necesaria a la persona para que tome su decisión con la información necesaria en un acto médico invasivo, y como resultado, el respeto de la voluntad de la persona expresada en la decisión final. 

Es por ello que la expresión de la voluntad de la mujer al momento de la toma de decisión en un acto personalísimo sobre su cuerpo y por ende corresponde “solo a ella” la decisión en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional; ya que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden ya la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”. 

En este sentido la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido: “…la Corte ha tenido oportunidad de dejar claramente establecido que el art. 19 dela Ley Fundamental otorga al individuo un ámbito de libertad en el cual éste puede adoptar libremente las decisiones fundamentales acerca de su persona, sin interferencia alguna por parte del Estado o de los particulares, en tanto dichas decisiones no violen derechos de terceros. Así, en el caso "Ponzetti de Balbín, Indalia c. Editorial Atlántida S. A. s/ daños y perjuicios" (Fallos 306:1892) el tribunal, al resolver que era ilegítima la divulgación pública de ciertos datos íntimos de un individuo, señaló que el citado art. 19: "... protege jurídicamente un ámbito de autonomía individual constituida por los sentimientos, hábitos y costumbres, las relaciones familiares, la situación económica, las creencias religiosas, la salud mental y física y, en suma, las acciones, hechos o datos que, teniendo en cuenta las formas de vida aceptadas por la comunidad están reservadas al propio individuo…9.-Que tal principio resulta de particular aplicación al presente caso, en el que se encuentran comprometidas, precisamente, las creencias religiosas, la salud, la personalidad espiritual y física y la integridad corporal, mencionadas en el citado precedente. Luego, la posibilidad de que los individuos adultos puedan aceptar o rechazar libremente toda interferencia en el ámbito de su intimidad corporal es un requisito indispensable para la existencia del mencionado derecho de la autonomía individual, fundamento éste sobre el que reposa la democracia constitucional.3 

La expresión de la voluntad de la persona resulta en este sentido, la expresión última de la “dignidad humana”. Aquí cabe invocar una vez más la autoridad del Dr. Germán J. Bidart Campos cuando afirmara que:” En una democracia constitucional, en la que la dignidad y el valor de la persona humana ocupan un lugar prioritario y central, dicha dignidad exige que se respeten las decisiones personal, el propio plan o proyecto de vida que cada cual elije para sí; la intimidad y privacidad es un aditamento de la dignidad, de manera que, en nuestra filosofía constitucional, el principio de “autonomía personal” se halla unido indisolublemente a la “dignidad”. En este sentido, la Declaración Universal de Derechos Humanos sustentada en el principios de la dignidad humana que estableció la Carta de las Naciones Unidas 5, otorga fundamento ideológico al sistema de protección internacional de derechos humanos 6 con debido respeto a su autonomía e independencia” de las personas, reconoce que “todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí” 7. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre 8, establece en su preámbulo que “…todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad y derechos…”, al igual que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el sistema interamericano va a sostener su construcción jurídica con base en la inherencia a la persona humana de los derechos consagrados en el mismo. La Convención Americana sobre Derechos Humanos 9, en igual sentido se manifiesta respecto de la dignidad de la Persona Humana, en su artículo 1. “Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su dignidad. 

En el marco de respeto de la “dignidad humana”, en términos de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, y la Convención Americana de Derechos Humanos, en su Opinión Consultiva 1/ 82 10 la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene dicho que el fondo mismo de la materia derechos humanos se opone a una distinción radical entre universalismo y regionalismo, y que “la unidad de naturaleza del ser humano y el carácter universal de los derechos y libertades que merecen garantía están en la base de todo régimen de protección internacional”. 

El principio universal de la “dignidad” como parte indisoluble de la persona humana; “el reconocimiento de los derechos humanos como atributos inherentes a la persona, no son concesión de la sociedad ni dependen del reconocimiento de un gobierno”.11 .Este principio nos recuerda con fuerza que las personas con discapacidad tienen un papel y un derecho en la sociedad que hay que atender con absoluta independencia de toda consideración de utilidad social o económica.12

La autonomía resulta clave para el ejercicio de los derechos humanos 13, para lograr el “disfrute, goce y ejercicio de los derechos humanos en igualdad de condiciones que los demás”, para ello es necesario entenderla en el ámbito interpersonal o intransitivo de la persona, en la que la libertad se ejercita en relación con uno mismo. En este ámbito la persona actúa tomando decisiones sobre sí mismo, la vida, la salud, las creencias, etc.14 

En el año 2002, por iniciativa de la Comisión de Derechos Humanos, la Alta Comisionada Mary Robinson encomendó a Gerard Quinn y Theresia Degener en conjunto con otras destacados profesionales en materia de discapacidad y derechos humanos, un informe sobre el “uso actual y posibilidades futuras de los instrumentos de derechos humanos de las Naciones Unidas en el contexto de la discapacidad”. Este informe de excelencia, señala con precisión que la discapacidad como una cuestión de derechos humanos “equivale a considerar sujetos y no objetos las personas con discapacidad”. Esta perspectiva de derechos humanos, sostiene que las dificultades se encuentran en el entorno de la Persona y son producto de la “organización política y económica” y su componente “cultural – normativo”.15

La “autonomía” es un valor en sí mismo, y asociado a la “dignidad humana”. Tener la posibilidad de ser autónomo, de tomar las propias decisiones, de ser independiente es la posibilidad de experimentar, de interrelacionarse, garantiza uno de los conceptos más profundos que trae la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, la “dignidad del riesgo”.16 

Esta variante de la “dignidad humana” que conlleva la autonomía, permite el ensayo y el error como posibilidad de crecimiento personal, con procesos de asimilación y acomodación que permiten la adaptación.17 

03 octubre 2010

"Aborto y Síndrome de Down enlatados".


Como las dos orillas de un río, el tema del aborto y el síndrome de Down (la discapacidad en general) van muchas veces ligados. Leyes, juicios y sentencias, artículos de prensa, debates, redes sociales... abastecen continuamente a ese "río" con argumentos, denuncias, opiniones de todo tipo. Pero también hay situaciones en las que todo se "enlata"  en el tiempo y en las formas, como es el caso del que escribimos, que el río se desborda y no se sabe donde empiezan o acaban las orillas y, al agua, a su paso, causa estragos allí por donde se inunda.
Esto sucede en el programa "De buena ley", en el que dos personas enfrentadas por un problema que se someten al veredicto de un juez, que emite Tele 5.
En menos de media hora de programa (26 minutos para ser exactos)  se enlata el contenido con los siguientes ingredientes: breve presentación del tema; cinco minutos para que las dos personas  planteen sus argumentos ante una juez, que realiza las preguntas pertinentes; otros veinte minutos para que, personas invitadas y  "polemistas" den (o griten) su opinión sobre el tema;  finalmente, en tres minutos, para emitir el veredicto. Como veis, casi cuesta más contarlo que lo que dura el programa.
Si la polémica es si mi vecino me deja o no dormir o quien se queda con el coche cuando una pareja se separa el formato puede servir para algo. Pero, como en el programa del pasado 22 de septiembre, cuando el pleito se centra en  "un marido demanda a su mujer porque quiere abortar y él se niega" la cuestión es muy diferente.



En este caso "enlatar" un tema tan serio, tan lleno de diferentes sensibilidades y con tantos matices, disfrazándolo, además, de juicio, puede suponer un ejercicio de malabarismo que es dudoso que aporten muchos argumentos a los litigantes y, aun peor, a los telespectadores.



Entre las personas que participan en le programa también hay gente invitada para defender las posturas de una de las partes. Os aconsejamos que os paséis por  Diario de una chica con síndrome de Down, donde nos explican la invitación que recibieron para participar en este programa y la respuesta que dieron. Merece la pena leerlo.

Lógicamente, el programa transcurre por los cauces "esperables": hay momentos para escuchar opiniones y argumentos a favor y en contra bastante razonables, pero pronto predominan los intercambios de "golpes" desordenados, a veces, a gritos, entre partidarios de uno u otro. Eso sí, ya sin tiempo (problemas del enlatado, ya sabéis) para muchas argumentaciones, sin ningún orden (se mezclan unas cuestiones con otras, no hay un mínimo de claridad a la hora de valorarlas...) Y, tal vez lo peor, vertiendo en algunos casos afirmaciones completamente erróneas que nadie corrige o, rápidamente se mezclan con otras cuestiones. En definitiva, todo lo contrario a lo que sería deseable para que el telespectador pueda formarse un opinión objetiva de la cuestión que se debate (no olvidemos que en este programa es el aborto y el SD.
Hemos elegido un momento, no por ser el álgido o el más importante, sino por ejemplicar. Una de las polemistas se presenta diciendo entender las dos partes, es decir, de primeras imparcial y con "buen rollito", pero en su intervención, que dura apenas 30 segundos, se despacha de la siguiente forma: "... un niño con estos problemas (se refiere a los niños con SD) tiene problemas cardiovasculares, tiene problemas de visión... y hacerse la prueba de la amniocentesis, porque para eso se realizan las pruebas de amniocentesis (aplausos de parte de público), para poder tomar esta decisión."



Lo lógico, digo yo, hubiera sido decirle a esta persona, "imparcial y comprensiva", que en su primera argumentación, está realizando un juicio de valor equivocado (no todos vemos el SD como un problema) y argumentando sobre la base de un falso estereotipo (los problemas de salud) que,  aunque fuera cierto (que no lo es), no sé si podría justificar semejante decisión.



Respecto a la amniocentesis, alguien debería haber aclarado que lo que dice es completameten falso, aunque por desgracia es lo que casi todo el mundo cree: la finalidad no tiene que ser la que plantea (abortar si hay alguna anomalía). Realmente la amniocentesis debería tener un carácter preventivo en el sentido de que, a partir de  esos resultados, se pueda preparar y afrontar adecuadamente el nacimiento y todo el proceo vital de esa persona.
La cuestión es que este programa tiene un índice de audiencia de 1.800.000 telespectadores y en menos de media hora ha conseguido (para bien o para mal) lo que a otros nos lleva un tiempo inmenso. Por poner un ejemplo, a nuestra asociación la celebra el 21 de marzo el "Día Internacional de las Personas con Síndrome de Down". El trabajo de preparación y de la realización de lo programado para todo el día supone una labor y colaboración de muchísimas personas durante muchos días. Nuestra área de influencia es una ciudad de 250.000 habitantes... Dentro de ocho años y muchísimo tiempo habremos conseguido, siendo enormemente optimistas, lo que éste programa en 26 minutos... David frente a Goliat (ojo, porque David no se rendirá jamás!!!).
Para finalizar, una reflexión "enlatada" (por que son dos en uno). Este tipo de programas nos hacen ver que todavía nos queda un largo recorrido para que las personas con síndrome de Down sean tratadas con dignidad (incluso antes de su nacimiento) y la gente de la calle los perciba con normalidad. Y en ese largo recorrido, los medios de comunicación deberían ser, de hecho lo son cada vez más, nuestros aliados. Es exigible que la responsabilidad de ciertos medios a la hora de plantear este tipo de cuestiones evite este tipo de formatos "enlatados". Lo que está en juego es mucho y muy importante.

Fuente: DOWNberri.

Si después de esto hay alguien interesado/a en ver el programa, el enlace es el siguiente:
PD: Hay que "aguantar" 30 segundos de propaganda mientras se carga el vídeo.

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